La inversión en dólares de los fondos de pensiones

A raíz de la sentencia dictada por el Tribunal Superior Administrativo, en lo adelante constituye un alto riesgo para las AFP la inversión en dólares de los fondos de pensiones.

Mediante la Sentencia No. 030-02-2022-SSEN-00327, de fecha 3 de agosto de 2022, el Tribunal Superior Administrativo ordenó a la Superintendencia de Pensiones, en su condición de entidad reguladora de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), dar cumplimiento a los artículos 100 y 105 de la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), y en consecuencia, restituir a los afiliados accionantes los valores reducidos de sus cuentas de capitalización individual, de acuerdo con las deducciones realizadas en los meses de enero y febrero del año 2022 y algunos de los balances concernientes al mes de marzo del año 2022.

 

El artículo 100 de la Ley 87-01, establece que las AFP podrán operar varias carteras de inversión con una composición distinta de instrumentos financieros, atendiendo diversos grados de riesgos y de rentabilidad real. Por otra parte, el artículo 105 establece que “Cuando en un determinado mes la rentabilidad mínima fuese inferior a la rentabilidad real de los últimos doce meses y no fuese cubierta con la reserva de fluctuación de rentabilidad, la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) deberá cubrirla en cinco días hábiles a partir del reconocimiento del déficit por la Superintendencia de Pensiones, con cargo a la cuenta garantía de rentabilidad…

 

El artículo 103 de la indicada Ley, establece que todos los afiliados al sistema previsional disfrutarán de una garantía de rentabilidad mínima real de su cuenta individual, la cual equivaldrá a la rentabilidad promedio ponderado de todos los fondos de pensiones, menos dos puntos porcentuales.

 

Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) tienen invertido en dólares alrededor de un 22% de los fondos de pensiones. Resulta que, en los meses de febrero y marzo del año 2022, la tasa de cambio del dólar con respecto al peso dominicano se redujo en más de tres (3) puntos, al bajar de 57.7 hasta 54.5. En consecuencia, en vista de que las inversiones en dólares de los fondos de pensiones, las AFP la registran en pesos dominicanos, se produjo una reducción en lo que respecta al registro contable o nominal de los fondos de pensiones, durante los meses de febrero y marzo del año 2022, sin embargo, la inversión en dólares era la misma.

 

La Superintendencia de Pensiones ha sostenido que las AFP cumplieron con la rentabilidad mínima durante los meses de enero a marzo del año 2022, lo cual es difícil comprender y aceptar por parte de los afiliados, porque vieron reducir sus fondos de pensiones, lo cual, reiteramos, se produjo debido a que las inversiones en dólares fueron registradas en pesos dominicanos, a la tasa que estaba vigente para los meses de febrero y marzo del año 2022.

 

Por consiguiente, en vista de que el Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó restituir a los afiliados accionantes los valores reducidos de sus cuentas de capitalización individual, de acuerdo con las deducciones realizadas en los meses de enero y febrero del año 2022 y algunos de los balances concernientes al mes de marzo del año 2022, a pesar de que se mantuvo la misma inversión en dólares de los fondos pensiones, somos de opinión que, a raíz de la indicada sentencia dictada por el Tribunal Superior Administrativo,  en lo adelante constituye un alto riesgo para las AFP la inversión en dólares de los fondos de pensiones, ya que tendrían que restituir las diferencias cambiarias cuando el dólar experimente una depreciación con respecto al peso dominicano.

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