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Inicio Salud

DIDA destaca sentencia que condena clínica a 10 millones por no atender en emergencia

Tribunal ratifica que ningún centro de salud puede condicionar la atención médica urgente al pago previo de dinero

Editor2 por Editor2
15 de enero de 2026
en Instituciones, Salud
Tiempo de lectura:3 minutos de lectura
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Santo Domingo.- La Cámara Civil de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís ratificó la sentencia que condena a la Clínica Dr. Perozo, S.A. al pago de RD$10,000,000.00 (diez millones de pesos dominicanos), más un interés mensual del 1.5%, como indemnización por los daños morales causados a los padres del joven Nahim Contreras Aristy, fallecido luego de que se le negara atención médica de emergencia al condicionarse su ingreso a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) al pago previo de un depósito.

La decisión confirma que ninguna prestadora de servicios de salud puede supeditar la atención de emergencia al pago de anticipos, y que hacerlo genera responsabilidad jurídica, administrativa y civil.

 

El director general de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), Elías Báez, afirmó que esta ratificación en alzada fortalece el marco de protección de los derechos fundamentales:

“Esta sentencia no solo sanciona una conducta inaceptable; establece con claridad una regla para todo el sistema: cuando una vida está en riesgo, la atención es inmediata y obligatoria. No es una opción, no es una cortesía, no es negociable.”

Báez explicó que el caso fue instrumentado por la DIDA a partir de una investigación técnica y jurídica rigurosa, que permitió documentar la negativa de atención, activar los mecanismos administrativos correspondientes y sustentar la acción judicial que fue llevada ante los tribunales por el abogado Francisco Aristy, en representación de la familia, dando lugar al proceso que hoy culmina con una condena firme en segundo grado.

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El funcionario subrayó que este tipo de decisiones cumplen también una función pedagógica para el sistema:

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“Cada sentencia como esta enseña, ordena y corrige. Enseña a los prestadores cuáles son sus deberes, ordena el funcionamiento del sistema y corrige prácticas que vulneran derechos. Eso es exactamente lo que necesita un sistema que quiere ser humano y eficiente a la vez.”

El caso generó una profunda conmoción social y recibió amplio respaldo ciudadano, incluyendo la solidaridad expresada por la Primera Dama de la República, doña Raquel Arbaje, quien manifestó personalmente su acompañamiento a los padres del joven.

La DIDA reiteró su llamado a la población a denunciar cualquier negativa de atención, cobro indebido o irregularidad en la prestación de servicios de salud, recordando que estas denuncias no solo permiten la defensa individual del afiliado, sino que contribuyen a mejorar el funcionamiento del sistema en su conjunto.

“Denunciar no es quejarse: es participar en la mejora del sistema. Cada caso que se formaliza ayuda a prevenir nuevas vulneraciones y, en última instancia, a salvar vidas,” concluyó Báez.

La institución reafirma su compromiso con la defensa de los derechos de los afiliados y con la consolidación de un sistema de salud centrado en la dignidad humana, la legalidad y el acceso oportuno a los servicios esenciales, destacando que actualmente la DIDA cuenta con el servicio de atención 24 horas, los 7 días de la semana “¡Ya no estás solo!: DIDA 24 horas contigo”, puesto en funcionamiento desde el inicio de la gestión del director general Elías Báez, diseñado para que ninguna denuncia quede sin canal institucional inmediato y para que las familias no vuelvan a sentirse solas ante una emergencia como la vivida en este caso, algo con lo que no se contaba al momento de ocurrir los hechos.

Este programa busca precisamente eliminar las negativas de atención que suelen producirse fuera del horario laboral y en días feriados, y su fortalecimiento y expansión a nivel nacional, con más personal, más vehículos y más oficinas, forma parte de la estrategia institucional para garantizar que los derechos de los afiliados no sean vulnerados y que ninguna vida vuelva a perderse por falta de respuesta oportuna.

Fuente: Fuente Externa
A través de Fuente Externa
Etiquetas: Atención medicaClínica privadaderechos del pacienteDIDAEmergenciasentencia judicial
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